DIVORCIO VINCULAR 1ª PARTE.-


Con respecto al tema abordado por John Parada, esto es, el sistema de mediación familiar, ante la próxima entrada en vigencia de los Tribunales de Familia, he decidido abordar el tema una vez agotada la mediación, es decir, el divorcio vincular como nueva herramienta legal para poner término al matrimonio.
Para hacer un poco de historia, debemos decir que el divorcio estaba contemplado en la ley chilena, pero no disolvía el vínculo matrimonial y sólo autorizaba a los cónyuges a vivir separados por cierto tiempo dependiendo de la causal de divorcio que se invocaba. Pero el matrimonio seguía vigente ante la ley, y por ende, todos los derechos y obligaciones respectivos del contrato, debían seguir cumpliéndose. Era por este motivo que, aprovechándose de un resquicio legal, se recurría a la nulidad de matrimonio, en franca retirada en nuestro derecho actual.
La nueva ley de matrimonio civil vino a regular el divorcio vincular, que sí pone fin al matrimonio, creando dicho sea de paso un nuevo estado civil, esto es el de divorciado.
Pues bien, el divorcio pone fin al matrimonio y a todas las obligaciones que emanan de él, excepto las obligaciones entre los padres e hijos que se generan por la filiación, es decir, alimentos legales, cuidado personal (tuición-visitas), etc.. Lo que parece muy lógico y de plena justicia, pues mira la protección de los hijos que nada han tenido que ver con la ruptura de sus padres.
En la actualidad el divorcio puede solictarse de tres formas:
  • a) Divorcio por causal grave: Se pide por uno de los cónyuges en atención a faltas imputables al otro, y que redunden en infracciones graves de los deberes y obligaciones que le impone el matrimonio, o los deberes para con los hijos, que torne intolerable la vida en común. Ejemplo de esto es: Malos tratos o atentados contra la integridad física o psíquica del cónyuge o alguno de los hijos. Abandono del hogar común contínuo y reiterado; conducta homosexual; alcoholismo y drogadicción, etc.
Estas causales son gravísimas y generan un juicio donde deben probarse para ser decretado el divorcio.
  • b) Divorcio de común acuerdo (más común y más recomendado): Se solicita por ambos cónyuges de común acuerdo, acreditando el cese de la convivencia común durante un lapso de un año. En este acuerdo deberá constar la regulación completa de sus relaciones mutuas y con respecto de sus hijos. Para que se considere perfecto dicho acuerdo deberá contener la regulación de alimentos que los conyuges se deban, como también, lo referente a la liquidación del régimen de bienes matrimonial que tenían, si procediere. Asimismo, deberá regular los alimentos respecto de los hijos, la tuición del cónyuge que se quede con los hijos y las visitas del cónyuge que se quede sin ellos.
  • c) Divorcio Unilateral (por voluntad de uno de los cónyuges): Se solicita por uno de los cónyuges, para lo que debe acreditar el cese efectivo de la convivencia conyugal durante el transcurso de , a lo menos, tres años.

Desde cuando se cuentan los plazos? Desde cuando se entiende el cese efectivo de la convivencia conyugal? Cómo se acredita dicha circunstancia? Por:

- Escritura Pública o acta extendida y protocolizada ante notario público, que de cuenta del cese de la convivencia.

-Acta extendida ante oficial de registro civil.

-Transacción aprobada judicialmente.

-Desde que se notifique la demanda de alimentos, de tuición, bienes familiares, visitas, regimen de bienes del matrimonio a uno de los cónyuges.

-Notificación hecha por uno de los cónyuges del proceso de separación judicial al otro, es decir, manifestación de no perseverar la convivencia conyugal.

Estos hitos se consideran para contabilizar el cese efectivo de la convivencia, que en este caso deberá ser de tres años para solicitar el divorcio por voluntad de uno de los cónyuges.

Ahora bien, esta causal puede ser denegada por el juez, lo que no ocurre en el caso del mutuo acuerdo, y podrá negarle lugar, en el evento en que la parte demandada alegue, que el cónyuge demandante, esto es, el que solicita el divorcio, no ha dado cumplimiento reiterado con su obligación de alimentos para con el cónyuge demandado y de los hijos comunes, pudiendo hacerlo. Lo anterior será materia de discusión y prueba del juicio, entrabando y alargando el proceso de divorcio.

Hasta acá la 1ª parte. En la 2ª me remitiré al juicio mismo, plazos, efectos y procedimientos.

Espero que les haya sido de utilidad.-

FRANCO DIAZ AYALA.

DIVORCIO VINCULAR 1ª PARTE.- DIVORCIO VINCULAR 1ª PARTE.- Reviewed by franco on jueves, septiembre 22, 2005 Rating: 5

11 comentarios:

doifel dijo...

Muy aclarador tu artículo. También esto tenía consecuencias con los divorcios realizados en el extranjero que no eran reconocidos. Ahora esto ha cambiado. ¿Tu sabes algo al respecto? Yo estoy en ese caso, vengo de Europa con un divorcio a cuestas y no sé a quien dirigirme para hacerlo válido en Chile.

franco dijo...

Doifel:

En el transcurso del día voy a aclarar el tema del reconocimiento de las sentencias de divorcio de países extrangeros.-

franco dijo...

La nueva ley establece que las sentencias de divorcio y nulidad de matrimonio dictadas por tribunales extrangeros serán reconocidas en Chile de conformidad a un trámite que se realiza únicamente en la Corte Suprema llamado exequatur, nombre que recibe el procedimiento para aplicar en Chile una sentencia extrangera.
No te explico acerca del procedimiento pues un poco engorroso, una duda tu cónyuge es chilena? cuál fue la causal de tu divorcio?
Lo anterior es porque no habría ningún problema en reconocer esa sentencia en Chile si:
1.-Ha sido declarada por esolución judicial.
2.-La sentencia no se opnga al orden público chileno.
3-. O si se ha obtenido con fraude a la ley.-

. dijo...

Uf...el tema este la verdad es que me tiene hasta más arriba de la coronilla... mis padres están en eso... es el tema por éstos días y desde hace un tiempo ya... hasta yo me leí entera la nueva ley de divorcio... para poder ayudar a mi madre y entender su blablabla mejor... las 3 causales se dan en este caso, a pesar de que un día uno quiere y el otro no, al otro ese que no quería quiere y el que sí ya no... el cuento de nunca acabar...

Y una al medio... de mensajera... pal weveo mismo.

Koalitta

Carly dijo...

Muy bueno el artículo. Me contaron por ahí...y yo no he averiguado, que en algunos casos un divorcio sale casi 4 millones de pesos, ¿es así? o quizás depende de los ingresos de los que se van a divorciar?...

que pena...yo averiguo por mis papás...ellos ni han visto el asunto.

doifel dijo...
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doifel dijo...

Franco, gracias por tu información. Me lo habían mencionado en el consulado chileno en Frankfurt (que debía tomar un abogado que lo presentaría ante la Corte Suprema) pero me parecía como exagerado: la Corte Suprema, para reconocer un divorcio!

Mi matrimonio y el divorcio fueron en Bélgica así como la nacionalidad de mi ex-conyuge. La causal fue separación prolongada, más de tres años.

¿Conoces algún abogado que ya haya realizado el trámite?

Francisca Westphal dijo...

Hola; yo soy asistente social pero actualmente no estoy ejerciendo, de todas maneras me gustaría saber si puedo aportar en algo y cómo? Estoy de acuerdo con que... hay que hacerse cargo... pues me parece que que hay moverse por la vida, abrir posibilidades y si en algun punto puedo aportar, lo hago con gusto...

franco dijo...

Carly:

El tema de los aranceles es un tema que fluctua y varía dependiendo del estudio de abogados en que se realice. Lo normal que un divorcio simple, por mutuo acuerdo cueste entre 500.000 y 750.000, eso en regiones, quizá en Santiago cobren más.-

Doifel: En Santiago hay muchos abogados que pueden hacerlo, yo soy de la 5ª región, si es que eres de acá te recomiendo a un gran baogado que se llama Sebastián Infante Marty, si te interesa puedo contactarte con él.

Nadia dijo...

franco, te felicito por la claridad de exposición; veo que ya hay consultas.
vuelvo a felicitar a la colectividad toda, y creo que me están contagiando... soy egresada de derecho, pero no tengo especialidad en ningún tema.
De ahí veré con qué puedo contribuir.
Saludos a tí y a todos los colaboradores.

doifel dijo...

Franco, disculpa la desaparición, pero como recién llegando tengo miles de cosas que resolver. Yo vivo en Santiago lamentablemente. Si conoces alguno acá? Mi mail es doifel@gmail.com, te lo agradezco.